lunes, mayo 11, 2026
Marruecos

CAN-2025: EL JURADO DE APELACIÓN DE LA CAF DECLARA A SENEGAL PERDEDOR POR FORFAIT EN LA FINAL

-CAN-2025: El Jurado de Apelación de la CAF declara a Senegal perdedor por forfait en la final y homologa el marcador de 3-0 a favor de la Federación Real Marroquí de Futbol.

El Jurado de Apelación de la Confederación Africana de Fútbol (CAF) decidió, en aplicación del artículo 84 del Reglamento de la Copa de África de las Naciones (CAN), declarar al equipo nacional de Senegal perdedor por forfait durante la final de la CAN Marruecos 2025, siendo homologado el resultado con el marcador de 3-0 a favor de la Federación Real Marroquí de Fútbol (FRMF).

Reunido este martes, el Jurado de Apelación de la CAF se pronunció tras la apelación introducida por la FRMF relativa a la aplicación de los artículos 82 y 84 del Reglamento de la CAN, informa la CAF en un comunicado.

La apelación introducida por la FRMF es declarada admisible en la forma y fundada, mientras que la decisión del Jurado Disciplinario de la CAF es anulada, añade la misma fuente.

El Jurado de Apelación de la CAF considera que el comportamiento del equipo de Senegal entra en el campo de aplicación de los artículos 82 y 84 del Reglamento de la Copa de África de las Naciones y que la reserva introducida por la FRMF es fundada.

Así queda establecido que la Federación Senegalesa de Fútbol (FSF), a través del comportamiento de su equipo, ha infringido el artículo 82 del Reglamento de la Copa de África de las Naciones, lo que conlleva la aplicación del artículo 84 y la declaración de forfait de Senegal para este partido, cuyo resultado queda registrado con el marcador de 3-0 a favor de la FRMF. Todas las demás otras o conclusiones son rechazadas.

El Jurado de Apelación de la CAF también se pronunció sobre varios incidentes relacionados con este encuentro. La apelación introducida relativa a Ismaël Saibari, jugador del equipo nacional de Marruecos, es parcialmente aceptada, confirmando el Jurado que se hizo culpable de un comportamiento faltoso en violación de los artículos 82 y 83(1) del Código disciplinario de la CAF.

La sanción pronunciada en su contra es revisada a una suspensión de dos partidos oficiales de la CAF, de los cuales uno con suspensión, mientras que la multa de 100.000 USD es anulada.

En cuanto a los incidentes organizativos, la apelación relativa a los recogepelotas es parcialmente aceptada, confirmando el Jurado la responsabilidad de la FRMF y reduciendo la multa a 50.000 USD.

La apelación relativa a las interferencias alrededor de la zona de revisión OFR/VAR es rechazada, con confirmación de la multa de 100.000 USD. Finalmente, la apelación relativa al incidente del láser es parcialmente aceptada, con una reducción de la multa infligida a la FRMF a 10.000 USD. Todas las otras demandas son rechazadas.

 Información: MAP / Imagen: MAP

La Voz del Árabe (LVÁ) – MARRUECOS – Cd. de México, marzo 19 del 2026

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