sábado, marzo 14, 2026
Internacional

LA ELECCIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS

“La persona que obtenga el número mayor de votos será presidente… En todos los casos, una vez elegido el presidente, la persona que reúna mayor número de votos de los electores será vicepresidente”.

 Alberto Peralta*

En relación a la elección de presidente y vicepresidente de los Estados Unidos se establece en el Artículo II sección I párrafo tercero, el siguiente criterio: “La persona que obtenga el número mayor de votos será presidente… En todos los casos, una vez elegido el presidente, la persona que reúna mayor número de votos de los electores será vicepresidente”.

Tal y como al efecto lo estipulaba la primera Constitución Federal mexicana cuyo bicentenario habremos de conmemorar el próximo 4 de octubre, la vicepresidencia recaía en quién hubiese obtenido la segunda mayor votación, o sea, en el candidato perdedor de los comicios.

La decimosegunda enmienda de la Constitución aprobada tras la ratificación del estado de Alabama el 18 de diciembre de 1865 dejó establecido al respecto: “Los electores se reunirán en sus respectivos Estados y votarán mediante cédulas para presidente y vicepresidente…”

La regulación que a la fecha se contempla en la Constitución permite un escenario en el que, en el próximo noviembre resultase elegida Kamala Harris de filiación demócrata como presidenta, y J. D. Vance afiliado al Partido Republicano como vicepresidente.

En 1908 Woodrow Wilson pronunció en la Universidad de Princeton, una serie de conferencia a las que recopiló en una obra clásica para la comprensión de la teoría política y el Derecho Público Estadunidense al que denominó: “El Gobierno Constitucional de los Estados Unidos”.

Wilson, además de visualizar en su libro las tendencias a la disgregación política de la nación estadounidense un siglo antes de lo que pudieran haberlo hecho Alvin Toffler, Samuel Huntington, o Alexander Dugin; escudriñó en el sistema de elección por formula establecido en convenciones nacionales partidarias, esquema de la autoría del General Andrew Jackson.

Procedimiento que, siendo indudablemente encomiable, es expresión de la costumbre política pero nunca un mandamiento constitucional obligatorio.

Hemos visto en fechas por demás recientes conatos de atentados que rememoran el inicio de la Administración Reagan, y renuncia a una nominación no vista desde los fines del periodo de mandato de Lyndon B. Johnson; todo ello, en medio de procedimientos judiciales y de “Impeachment” legislativo que superan en mucho los intrincados vericuetos a los que habría tenido que enfrentarse Richard Milhous Nixon.

Escenario imbuido de recónditos escondrijos en los que las sorpresas pueden llevarnos a parajes inadvertidos que nos obliguen quizá, a revisar disposiciones y precedentes que parecían olvidados y destinados por definición al olvido.

En “La Cuestión Presidencial en 1876”, José María Iglesias estudia en una obra clásica los paralelismos en el frustrado intento de reelección de Sebastián Lerdo de Tejada, con la sucesión del General Ulyses S. Grant en la que la victoria demócrata de Tilden fue revertida en el proceso de calificación a favor del republicano Hayes.

Ante los hechos actualmente en cuestión, cabría indagar entre nosotros, sobre el posible efecto en reflejo que habremos de vivir, en momentos en los se anuncia una reforma al poder judicial que los juzgadores encuentran amenazante, y cuando que todavía no ha concluido el proceso electoral todavía en marcha, cuya calificación, por lo demás, corresponde a los propios juzgadores que se sienten amenazados.

 

 

*Alberto Peralta Merino – Egresado del Instituto Oriente de Puebla. Abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho de la Ciudad de México. Miembro de la comisión dictaminadora del Colegio electoral de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión bajo la dirección del Dip. Miguel Montes García. Jefe del departamento jurídico de consultas de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaria de Turismo. Asesor constitucional y legislativo del asambleísta Alejandro Rojas Díaz-Durán. Asesor constitucional y legislativo del Diputado Alberto Amador Leal. Asesor constitucional y legislativo de la Diputada Josefina Buxadé Castelán. Ha sido editorialista de “El Financiero” sección análisis, El Universal (Puebla-Tlaxcala) Diario Cambio, Diario Enlace. Actualmente es editorialista de los portales E-consulta Puebla y sdpnoticias. Comentarista en programas de radio en Puebla y en la Ciudad de México bajo las conducciones de José Luis Ibarra y Adip Sabag, y en el programa “Sábados con Saldaña”. Autor del ensayo “México ante la encrucijada del agua”, Ed. Volcanes 2007. “El Senador y su sombra y otros ensayos”, editado por Academia de Medicina Estética, Cámara de Comercio de la Ciudad de México y el Partido del Trabajo. Autor de la novela: “El Retablo del Perdón”, en edición de autor. Premio de ensayo sobre los Derechos Humanos en la Constitución de 1857 otorgado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Ha impartido cátedras de Derecho Económico, Derecho Internacional Público y Técnicas de la Investigación, en la Universidad Iberoamericana de Puebla, UDLAP, y Escuela Libre de Derecho de Puebla. Colaborador en La Voz del Árabe con la columna: “El Camaleón Cristalino”.

 

Información: Revista Unidad Parlamentaria / Imagen: LVÁ

La Voz del Árabe (LVÁ) – INTERNACIONAL – Cd. de México, julio 24 del 2024

 

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